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Francesco Stasio Hammersley solicitó el registro de la marca mixta 'FRANCESCO HAMMERSLE…

Resumen del criterio jurisprudencial

Francesco Stasio Hammersley solicitó el registro de la marca mixta 'FRANCESCO HAMMERSLEY' para distinguir productos y servicios de las clases 9 y 35, petición a la que se opuso George Neil Hammersley Kramer, titular de las marcas HAMMERSLEY y OPTICAS HAMMERSLEY. Tanto el Tribunal de Propiedad Industrial en primera instancia como en segunda instancia acogieron la oposición, señalando que las marcas en conflicto presentan coincidencias gráficas y fonéticas relevantes, compartiendo la expresión HAMMERSLEY como elemento único o principal, lo que genera riesgo de confusión en los consumidores. El solicitante dedujo recurso de casación en el fondo ante la Corte Suprema, denunciando infracción a los artículos 19 y 20 letras f) y h) de la Ley 19.039, así como al artículo 16 de la misma ley, argumentando diferencias suficientes entre los signos. La Segunda Sala de la Corte Suprema rechazó el recurso, señalando que las alegaciones constituyen una mera discrepancia con lo resuelto y pretenden alterar los hechos fijados en las instancias, sin configurar infracción de ley. En consecuencia, se confirmó la sentencia que rechazó el registro de la marca solicitada.

(CIVIL) CASACIÓN FONDO T. PROPIEDAD INDUSTRIALSEGUNDA, PENAL

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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.