Resumen del criterio jurisprudencial
Las personas que prestan servicios en materia de seguridad privada deben acreditar su idoneidad moral de conformidad a lo previsto en el decreto exento N° 261, de 2020, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública. Atiende oficio N° 69726, de 2020, de la Cámara de Diputados.