Administrativo

Operador aéreo autorizado que preste el servicio de ambulancia aérea puede celebrar con…

Resumen del criterio jurisprudencial

Operador aéreo autorizado que preste el servicio de ambulancia aérea puede celebrar contrato de fletamento con otro operador aéreo que cuente con el certificado aeronáutico respectivo, en las condiciones que indica. Remite fotocopia del dictamen Nº E5727, de 2020, relativo al asunto planteado.

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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.