Resumen del criterio jurisprudencial
La candidata a concejala por la comuna de Natales reclamó contra la resolución del Servicio Electoral que aprobó con dos observaciones su cuenta general de ingresos y gastos electorales. La primera observación se refería a un aporte propio en dinero de $275.300 sin documento que acreditara su fuente de financiamiento. La segunda observación decía relación con una descuadratura de $25.300 entre los ingresos y los gastos declarados. La reclamante acompañó un informe del Servicio de Impuestos Internos sobre boletas de honorarios y un comprobante de transferencia por $25.300 a su Cuenta RUT. El Tribunal estimó que el informe del SII era insuficiente para acreditar el origen del aporte propio, pues las transferencias se realizaron en un período sin ingresos informados y no se probaron ahorros personales. En cambio, consideró que la transferencia de $25.300 a la propia candidata acreditaba la devolución del exceso a la última aportante, por lo que acogió parcialmente la reclamación.