Resumen del criterio jurisprudencial
Ignacio Andrés Jaña Valenzuela interpuso un recurso de protección contra la Superintendencia de Seguridad Social y la COMPIN por el rechazo de tres licencias médicas por un total de 51 días. El recurrente alegó que dichas licencias, emitidas por médicos especialistas en salud mental, eran necesarias para su tratamiento y que su rechazo vulneraba derechos constitucionales. La Superintendencia sostuvo que la acción de protección era improcedente y que la materia correspondía al derecho a la seguridad social, no a la protección constitucional. El tribunal analizó el alcance del artículo 19 N°18 y el artículo 20 de la Constitución, así como la Ley N°16.395 que regula las licencias médicas. Concluyó que la decisión de la Superintendencia carecía de fundamentación suficiente y que el recurso era admisible. Por tanto, se acoge parcialmente el recurso, se deja sin efecto la resolución que rechazó las licencias y se ordena la realización de un peritaje médico presencial para determinar la pertinencia del reposo.