Resumen del criterio jurisprudencial
La Corte Suprema acoge el recurso de amparo interpuesto por Mirko Argenis Sandoval Espinoza en contra de la medida cautelar de prisión preventiva anticipada decretada por el Juzgado de Garantía de Yumbel. La Corte determina que la prisión preventiva anticipada solo procede cuando el imputado cumple efectivamente una pena privativa de libertad, no cuando está sujeto a la misma medida cautelar en otra causa. Se revoca la sentencia de la Corte de Apelaciones de Concepción de 25 de septiembre de 2025 y se deja sin efecto la medida cautelar. La decisión se adopta por mayoría, con votos en contra de la Ministra Catepillán y el abogado integrante Ferrada.