Resumen del criterio jurisprudencial
El procedimiento de tutela laboral no es aplicable a los funcionarios públicos por lo que los Juzgados del Trabajo carecen de competencia para conocer de estas demandas, en cuanto sean interpuestas por dichos funcionarios públicos, cuyo régimen de contratación se rige por el Estatuto Administrativo y no por el Código del Trabajo.