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Se rechaza el amparo deducido en contra de la Dirección de Obras Hidráulicas del Minist…

Resumen del criterio jurisprudencial

Se rechaza el amparo deducido en contra de la Dirección de Obras Hidráulicas del Ministerio de Obras Públicas, relativo a la entrega de determinados antecedentes sobre la cuenca del río Aconcagua, en formato shapefile, vinculados a los Sistemas de Servicios Sanitarios Rurales, correspondientes al período comprendido entre los años 2017 y 2024. Lo anterior, por cuanto, el órgano reclamado proporcionó la información que obraba en su poder en el formato disponible al tiempo del ingreso de la solicitud de acceso a información, no constando -en el presente procedimiento de reclamación-, antecedentes suficientes que permitan desvirtuar la alegación de que no obraba en su poder la información reclamada en el formato requerido. Aplica criterio contenido en las decisiones de los amparos roles C2362-24 y C2809-24 y C8246-25 entre otras. Finalmente, y sin perjuicio de lo resuelto en el presente caso, se desestima las hipótesis de reserva del artículo 21 N°1 letra c), de la Ley de Transparencia, invocada por el organismo. Lo anterior, por no cumplirse los presupuestos para su configuración, teniendo presente que, por tratarse de normas de derecho estricto, las causales de reserva o secreto deben aplicarse en forma restrictiva.

amparoDecisión de FondoOtros

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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.