Resumen del criterio jurisprudencial
El 18 de julio de 2019 entró en vigencia la Ley N°21.160 que declara imprescriptibles los delitos sexuales cometidos contra niñas, niños y adolescentes, excluyendo a los adolescentes de sus disposiciones y suprimiendo el artículo 369 quáter del Código Penal que suspendía el inicio del cómputo de la prescripción en estos casos hasta que las víctimas alcanzaran la mayoría de edad, disponiendo que para los hechos cometidos con anterioridad a su publicación, la norma continuará vigente. A su vez, la aplicación de la norma a los adolescentes ha sido objeto de discusión doctrinaria, de interpretaciones jurisprudenciales diversas por parte de las Cortes de Apelaciones del país y de un vuelco reciente en la jurisprudencia de la Corte Suprema lo que exige revisar la idoneidad de la normativa actual.