Resumen del criterio jurisprudencial
Se acoge el amparo deducido en contra de la Municipalidad de Mostazal, ordenando la entrega de información referida a la asistencia, días administrativos y vacaciones de los trabajadores indicados. Lo anterior, por cuanto se trata de información de naturaleza pública, respecto de la cual, la referencia entregada por el órgano no permite satisfacer el requerimiento en los términos consultados, no habiéndose acreditado su entrega. En virtud del principio de divisibilidad, previo a la entrega, el órgano deberá tarjar aquellos datos personales y sensibles de contexto que pudieren estar contenido en la información cuya entrega se ordena, en conformidad a lo previsto en la Ley de Protección de la Vida Privada. Con todo, en el evento de que dicha información no obre en su poder, deberá informar de ello de modo circunstanciado, tanto al reclamante como a esta Corporación.