Resumen del criterio jurisprudencial
Se acoge parcialmente el amparo contra de la Municipalidad de Las Condes, ordenándose la entrega del último informe de auditoría externa de balance económico al 31 de diciembre de 2024, y el informe de gestión sobre atención a pacientes de la comuna, referidos a la Clínica Cordillera. Lo anterior, por cuanto el órgano no acreditó debidamente circunstancias de hecho o causal de reserva que justifiquen la entrega incompleta de la información solicitada. Con todo, en el evento de que la información pedida no obre en poder del órgano en la forma pedida, se deberá comunicar dicha circunstancia al reclamante y a este Consejo en la respectiva etapa de cumplimiento. Se rechaza el amparo respecto de la última parte de la solicitud, referida al personal de la Clínica Cordillera, por no cumplir con el requisito contemplado en el artículo 12 letra b) de la Ley de Transparencia.