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La Ley 21.828 exige a empresas de 200 o más trabajadores, y a algunas de 50 o más en se…

Resumen del criterio jurisprudencial

La Ley 21.828 exige a empresas de 200 o más trabajadores, y a algunas de 50 o más en sectores específicos, elaborar y publicar un informe anual sobre brechas de género y medidas de inclusión femenina.

La Ley 21.828 obliga a empresas de 200 o más trabajadores, y a las de 50 o más en seis sectores específicos, a elaborar un informe anual de equidad de género.El informe debe incluir participación femenina, presencia en cargos de responsabilidad, brecha salarial y medidas de conciliación laboral-familiar.El reporte se envía en marzo a la Dirección del Trabajo, que lo distribuye a organismos interministeriales y debe publicarse en los sitios web de las empresas.Los parámetros técnicos del informe serán fijados por resolución del Ministerio del Trabajo, con informe previo del Ministerio de la Mujer.

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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.