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Cuatro ciudadanos de etnia mapuche interpusieron una acción de cautela de derechos cons…

Sentencia · Corte Suprema · 2024

Resumen

Cuatro ciudadanos de etnia mapuche interpusieron una acción de cautela de derechos constitucionales en contra del Gobierno Regional de Los Ríos y CORFO, impugnando la falta de consulta indígena respecto del proyecto 'Construcción Parque Geológico Cordón del Caulle, Lago Ranco', ubicado en las comunas de Panguipulli, Los Lagos, Futrono, Lago Ranco y Río Bueno. Los recurridos argumentaron que el proyecto en sus etapas iniciales solo consistía en recopilación de información y desarrollo de modelos de turismo, sin intervención territorial que requiriera consulta. La Corte de Apelaciones de Valdivia rechazó la acción, pero la Corte Suprema revocó esta decisión. La Corte Suprema acogió la acción constitucional, ordenando al Gobierno Regional de Los Ríos, CORFO y la Municipalidad de Ranco someter el proyecto al procedimiento de Consulta Indígena conforme al Decreto N°66 del Ministerio de Desarrollo Social.

Normas citadas

  • Artículo 19 N°2 de la Constitución Política de la República
  • Artículo 19 N°6 de la Constitución Política de la República
  • Artículo 19 N°24 de la Constitución Política de la República
  • Decreto N°66 del Ministerio de Desarrollo Social (Reglamento de Consulta Indígena)
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