Resumen del criterio jurisprudencial
La Corte Suprema conoció de un recurso de casación en el fondo en un juicio ejecutivo seguido por Constructora Pacific S.A. contra Codelco Chile por el cobro de una factura electrónica N°87 por $47.725.906. La demandada opuso la excepción del N°7 del artículo 464 del Código de Procedimiento Civil, sosteniendo que la factura indicaba 'pago al contado', lo que significaba que la deuda estaba pagada y no era exigible. Los tribunales inferiores acogieron la excepción y rechazaron la demanda. La Corte Suprema revocó dichas sentencias, razonando que la mención 'al contado' solo indica la forma de pago y no implica que el pago se haya efectuado. Conforme a la Ley N° 19.983, si no se fija un plazo, la factura debe pagarse dentro de los 30 días siguientes a su recepción. Como la factura no fue reclamada, quedó irrevocablemente aceptada y es título ejecutivo exigible. En consecuencia, se ordenó seguir adelante con la ejecución.