Laboral

La jornada ordinaria diaria de los trabajadores con jornada parcial, esto es aquella qu…

Resumen del criterio jurisprudencial

La jornada ordinaria diaria de los trabajadores con jornada parcial, esto es aquella que no excede de 30 horas semanales, debe ser continua pudiendo interrumpirse por un lapso no inferior a media hora ni superior a una hora para colación.

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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.