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Se trata de un recurso de nulidad interpuesto por una sociedad sancionada por la Inspec…

Sentencia · Corte de Apelaciones · 2023

Resumen

Se trata de un recurso de nulidad interpuesto por una sociedad sancionada por la Inspección Provincial del Trabajo por deficiencias en la descripción de funciones de trabajadores denominados 'operadores de tienda'. La reclamante alegó infracción al principio non bis in ídem y vulneración del debido proceso, argumentando que las funciones estaban especificadas en los contratos de trabajo. La Corte rechazó los argumentos, confirmando que la sola denominación de 'operador de tienda' no posee la especificidad necesaria exigida por el artículo 10 N°3 del Código del Trabajo. Se determinó que la multiplicidad de funciones asociadas no otorga la certeza indispensable para el desarrollo del cometido laboral. La sentencia fue dictada en procedimiento monitorio, el cual tiene exigencias de fundamentación diferentes a los procedimientos ordinarios.

Normas citadas

  • Artículo 10 N°3 del Código del Trabajo
  • Artículo 477 del Código del Trabajo
  • Artículo 478 letra e) del Código del Trabajo
  • Artículo 501 del Código del Trabajo
  • Artículo 459 N°4 del Código del Trabajo
  • Artículo 459 N°5 del Código del Trabajo
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