Resumen del criterio jurisprudencial
Se acogen los amparos deducidos en contra de la Policía de Investigaciones de Chile, teniéndose por entregada, extemporáneamente, la información sobre número total de profesionales contratados bajo la calidad de honorarios Escuela, número de traspasos de honorarios a contrata, tipos de cargo desempeñados, monto de remuneración mensual, fecha de inicio de contratación como honorario Escuela, en el período consultado, en virtud de los fundamentos expuestos precedentemente. A su vez, se ordena la entrega de información sobre fecha de traspaso a contrata de los profesionales, descripción del procedimiento utilizado para efectuar el traspaso, así como documento o instrumento mediante el cual se informó respecto del proceso de contratación y los criterios aplicables para dicho traspaso. Lo anterior, por cuanto lo solicitado de trata de información de naturaleza pública, respecto de lo cual no se alegó la concurrencia de causales de reserva que justifiquen la denegación de lo pedido. Además, la reclamada no acompañó antecedentes suficientes que justifiquen que la información no obra en su poder, conforme al estándar establecido en el numeral 2.3 de la Instrucción General N°10 de este Consejo. En el evento de ser pertinente, previo a la entrega, el órgano deberá tarjar los datos personales y sensibles de contexto.