Resumen del criterio jurisprudencial
Rosa Nila Villarroel Arcos interpuso un reclamo contra la Dirección Regional Metropolitana Santiago Oriente del SII por cobros retroactivos de impuesto territorial correspondientes al segundo semestre de 2011 hasta el segundo semestre de 2014, cuyo monto ascendía a $457.127 por cada bien raíz. La parte recurrente alegó que la aplicación retroactiva del nuevo avalúo vulneraba el principio de non‑retroactividad, la teoría de los actos propios y el artículo 52 de la Ley 19.880. El SII justificó el cobro basándose en la modificación del avalúo fiscal según el artículo 10 letra a) de la Ley 17.235 y el artículo 19 de la misma norma. El Tribunal, considerando que la normativa impide la retroactividad de los actos administrativos que afecten derechos adquiridos, declaró nulo el cobro suplementario. En consecuencia, ordenó dejar sin efecto los roles de cobro retroactivo y no impuso costas a la parte reclamante. La resolución fue firmada electrónicamente por el Juez Subrogante Cristhian Eduardo Navarrete Cottet.