Resumen del criterio jurisprudencial
De acuerdo a lo previsto en el artículo 266 del Código del Trabajo, para constituir una confederación se requiere el concurso de tres o más federaciones o de 20 o más sindicatos. Así las cosas, una confederación que reúne sólo federaciones, no puede admitir como socio a sindicatos, por haberse constituido sobre la base de federaciones.