Laboral

De acuerdo a lo previsto en el artículo 266 del Código del Trabajo, para constituir una…

Resumen del criterio jurisprudencial

De acuerdo a lo previsto en el artículo 266 del Código del Trabajo, para constituir una confederación se requiere el concurso de tres o más federaciones o de 20 o más sindicatos. Así las cosas, una confederación que reúne sólo federaciones, no puede admitir como socio a sindicatos, por haberse constituido sobre la base de federaciones.

Organización SindicalFederación y Confederación

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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.