Tributario

La cuestión debatida se centra en determinar si corresponde dejar sin efecto las liquid…

Resumen del criterio jurisprudencial

La cuestión debatida se centra en determinar si corresponde dejar sin efecto las liquidaciones reclamadas conforme lo siguiente: (i) las liquidaciones nos. 7, 8 y 9, pues sería procedente el resultado tributario 2015 determinado por continuador legal de reclamante; (ii) las liquidaciones nos. 10 y 11, pues serian improcedentes las determinaciones realizadas por el sii al termino de giro por fusión de continuador legal de reclamante; y (iii) porque resulta improcedente la aplicación de la multa prevista en el artículo 97 n°11 del código tributario contenida en la liquidación n°9. tribunal en definitiva acoge en parte reclamo.

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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.