Seguridad social

Seguridad social: Ley N° 16.744, Accidente con ocasión del trabajo

Resumen del criterio jurisprudencial

Ley N° 16.744. Accidente con ocasión del Trabajo. Constituyen accidentes con ocasión del trabajo "Los siniestros de violencia laboral que sufran los trabajadores en las siguientes situaciones: Violencia tipo 1: No existe relación laboral, ni trato de usuario o comercial entre quienes llevan las acciones violentas y la víctima que se desempeña en un centro de trabajo.

Ley N° 16.744Accidente con ocasión del trabajo

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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.