Resumen del criterio jurisprudencial
Se rechaza el amparo deducido en contra de la Dirección General de Movilización Nacional, sobre información referida a los modelos peritados para cada una de las marcas de armamento consideradas de fácil adaptabilidad o transformación y las pruebas realizadas y los profesionales a su cargo para determinar que las armas de fogueo que corresponden a dichas marcas son de fácil adaptabilidad o transformación. Lo anterior, por cuanto, en conformidad a lo dispuesto por la Ley N° 17.798 sobre Control de Armas, existe un deber de reserva respecto de los antecedentes solicitados, configurándose a su respecto la causal de reserva o secreto del artículo 21, N° 5, de la Ley de Transparencia, toda vez que, la divulgación de lo requerido podría producir una afectación al debido cumplimiento de las funciones del órgano reclamado y a la seguridad de la Nación.