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La empresa Alimentos Concentrados Cisternas Limitada interpuso una reclamación judicial…

Resumen del criterio jurisprudencial

La empresa Alimentos Concentrados Cisternas Limitada interpuso una reclamación judicial contra la Inspección Comunal del Trabajo de Buin para dejar sin efecto parcialmente la Resolución Exenta N°1306-15203/2025, que mantuvo las multas N°4 y N°5 impuestas tras un accidente laboral grave sufrido por un trabajador el 14 de octubre de 2024. La empresa argumentó que notificó el accidente a la autoridad sanitaria, pero se le indicó que no era grave; luego, al confirmarse la gravedad, notificó al día siguiente y cometió un error en la comuna, el cual fue subsanado. La Inspección aplicó cinco multas, y la empresa solicitó reconsideración obteniendo rebaja de tres multas, pero no de las multas N°4 (por no notificar inmediatamente) y N°5 (por denuncia tardía al organismo administrador). El tribunal consideró que la empresa actuó diligentemente al intentar cumplir con la notificación inmediata, pero que la falta de inmediatez era imputable a la confusión generada por la información contradictoria y al horario de atención. Se acogió parcialmente la reclamación, rebajando la multa N°4 de 120 a 60 UTM y la multa N°5 de 40 a 20 UTM, pero rechazó dejarlas sin efecto o rebajarlas más. Cada parte pagará sus costas.

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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.