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La Corte Suprema conoció de una acción de protección interpuesta por José Arturo Quiroz…

Resumen del criterio jurisprudencial

La Corte Suprema conoció de una acción de protección interpuesta por José Arturo Quiroz Rengifo contra el Servicio Nacional de Migraciones, impugnando la resolución que no acogió a trámite su solicitud de residencia definitiva por incumplimiento del tiempo mínimo de residencia temporal. El recurrente alegó que dicho acto era ilegal y arbitrario, vulnerando la garantía de igualdad ante la ley (artículo 19 N°2 de la Constitución). La Corte analizó la normativa aplicable, en particular el artículo 78 inciso segundo de la Ley N°21.325 y el artículo 65 N°4 del Reglamento, que exigen un período mínimo de residencia temporal de veinticuatro meses, con plazos mayores según infracciones migratorias. Se constató que el recurrente no cumplía con dicho requisito, por lo que el servicio actuó conforme a derecho. Además, se destacó que los antecedentes fueron remitidos al departamento competente para evaluar un permiso temporal, manteniendo al extranjero en situación regular. En consecuencia, la Corte revocó la sentencia apelada y rechazó la acción de protección, al no advertir ilegalidad ni arbitrariedad en el acto recurrido.

(CIVIL) APELACIÓN PROTECCIÓNTERCERA, CONSTITUCIONAL

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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.