Resumen del criterio jurisprudencial
Funcionarios de la atención primaria de salud municipal que hacen uso de un permiso sin goce de remuneraciones a contar de una fecha anterior al cumplimiento del trimestre, tendrán derecho a la percepción proporcional de la cuota de la asignación de desarrollo y estímulo al desempeño colectivo de la ley N° 19.378, por el tiempo efectivamente trabajado.