Resumen del criterio jurisprudencial
El jefe del Departamento de Administración de la Corporación Educacional ordenará que se practique un sumario, el que no podrá durar más de 20 días, a los profesionales de la educación que forman parte de una dotación del sector municipal, solo cuando estos sean acusados de falta de probidad y/o conducta inmoral. La designación de fiscal deberá recaer en un profesional de la respectiva municipalidad, del Departamento de Educación Municipal o de la Corporación Municipal, designado por el sostenedor.