Resumen
V.C.G.C. dedujo recurso de protección contra Isapre Consalud S.A. y la Superintendencia de Salud por el alza unilateral del precio de las Garantías Explícitas en Salud (GES) de su plan de salud, que atribuyó a un acto ilegal y/o arbitrario, sin fundamentación del aumento de costos, y vulneratorio de garantías constitucionales. La Isapre opuso la extemporaneidad del recurso y, subsidiariamente, pidió su rechazo, sosteniendo que actuó conforme a los artículos 206 y 206 bis del DFL N°, la Ley N°19.966 y las circulares de la Superintendencia. La Superintendencia explicó que aplicó un procedimiento reglado de verificación de los precios conforme al artículo 206 bis del DFL N° y a la Resolución Exenta Nº 1.541. El tribunal desestimó la alegación de extemporaneidad, porque los efectos del alza del precio GES se producen mes a mes, de modo que la afectación es periódica y permanente. En cuanto al fondo, consideró que la Isapre recurrida dio estricto cumplimiento a los artículos 205, 206 y 206 bis del DFL N°1 de 2005, a la Ley N°21.674 y a la normativa administrativa de la Superintendencia, comunicando el ajuste a los afiliados en los plazos legales. Por lo anterior, rechazó el recurso de protección, sin costas.