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El Tribunal Constitucional, mediante proveído de 28 de abril de 2026, en el -INA, dispu…

Resumen del criterio jurisprudencial

El Tribunal Constitucional, mediante proveído de 28 de abril de 2026, en el -INA, dispuso dar cuenta del requerimiento en la Primera Sala y designó como relator a don José Francisco Leyton Jiménez. La resolución fue dictada por la Presidenta del Tribunal, Ministra Daniela Beatriz Marzi Muñoz, y autorizada por el Secretario Abogado (i). Se citan como fundamento el artículo 93, inciso primero, N°6, e inciso undécimo, de la Constitución Política de la República, y los artículos 8°, letras b) y d); 32, y 79 y siguientes de la Ley Orgánica Constitucional del Tribunal Constitucional. El documento incorpora firma electrónica avanzada. No se pronuncia sobre el fondo del asunto, limitándose a un trámite procesal inicial. El requerimiento, según el título de la noticia asociada, impugna una norma que permitió reconocer la 'servidumbre de vista' como derecho real.

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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.