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El tribunal tributario y aduanero de valparaíso, en procedimiento general de reclamació…

Resumen del criterio jurisprudencial

El tribunal tributario y aduanero de valparaíso, en procedimiento general de reclamación aduanera, resolvió negar lugar al reclamo, atendido que los cargos se dictaron y comunicaron a la reclamante, dentro de los plazos de prescripción contemplados en el artículo 92 bis de la ordenanza de aduanas. además, concluyó que ni el dl 480 ni las modificaciones introducidas por la ley n°19.924 establecen exención tributaria en cuanto al pago del impuesto específico al combustible diésel de la citada ley n°18.502, lo que sí ocurre con el impuesto al valor agregado al reemplazar el numeral 1 letra b del artículo 12 del dl n°825 y eximir del pago de los derechos ad valorem de acuerdo al dfl n°2 de 1989 del ministerio de hacienda. por otra parte, en virtud de la prueba rendida no se acreditó que la reclamada haya modificado su criterio interpretativo, respecto de la aplicación de la ley n°18.502 a la armada de chile. la ilustrísima corte de apelaciones de valparaiso confirmó la sentencia definitiva con fecha 11.08.2023 en el recurso rol ica n°

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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.