Resumen del criterio jurisprudencial
La Superintendencia del Medio Ambiente solicitó al Segundo Tribunal Ambiental autorizar la clausura temporal total de las obras de la Mina Panales 1/54, operada por Minera Española Chile Limitada, por riesgo inminente de daño ambiental. El tribunal consideró que el proyecto nunca ingresó al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) y carecía de permisos, pese a órdenes judiciales previas de paralización. Se acompañaron antecedentes sobre la presencia de especies de flora y fauna en categorías de conservación en el área. La resolución autoriza la medida por 30 días corridos, basándose en el artículo 48 letra c) de la Ley Orgánica de la Superintendencia del Medio Ambiente.