Seguridad social

Seguridad social: Crédito Social, CCAF

Resumen del criterio jurisprudencial

CCAF. Los afiliados no pueden ser perjudicados por errores u omisiones de la Caja de Compensación (CCAF) o de la entidad pagadora de la pensión (IPS).

Crédito SocialCCAF

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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.