Resumen del criterio jurisprudencial
devuelve resolucion de direccion general de aguas, que constituye un derecho de aprovechamiento de aguas subterraneas a favor de sociedad que indica, porque se otorga un area de proteccion "definida por paralelas de 15 metros a ambos lados de dicho dren con centro en su eje", distinta de la requerida por el peticionario, que es de un circulo concentrico a la captacion de un radio de 15 metros. ademas, los terminos del num/3 de la resolucion que otorga el beneficio, se aparta de la normativa vigente, que establece el area de proteccion como un circulo concentrico y no de lineas paralelas. finalmente, la solicitud del particular tampoco tendria cabida dentro de las reglas vigentes, pues contempla que la captacion se efectua desde un dren, situacion no considerada respecto de las aguas subter