Resumen del criterio jurisprudencial
La Comisión Nacional del Medio Ambiente (CONAMA) dedujo recurso de casación en el fondo contra la sentencia de la Corte de Apelaciones de Santiago que revocó la sentencia de primera instancia y acogió la reclamación de Aguas Andinas S.A. contra la Resolución N° de la COREMA, que sancionó a la empresa con una multa de 500 UTM por incumplimiento de condiciones ambientales. La Corte Suprema, al examinar el recurso, constató de oficio que la sentencia recurrida incurrió en el vicio de ultra petita, al introducir un elemento no planteado ni debatido por las partes. El tribunal sostuvo que el principio de congruencia exige que la sentencia se ajuste a los términos de la controversia fijados por las partes. En consecuencia, anuló de oficio la sentencia de la Corte de Apelaciones y la reemplazó por una nueva que, según señaló, habría confirmado el rechazo de la reclamación. Además, tuvo por no interpuesto el recurso de casación en el fondo deducido por CONAMA. La decisión fue adoptada por la Tercera Sala de la Corte Suprema.