Resumen del criterio jurisprudencial
Verónica Undurraga Pérez interpuso un recurso de protección contra Isapre Banmédica S.A. por mantener un plan de salud con cobertura restringida en prestaciones de salud mental, pese a la entrada en vigencia de la Ley N° 21.331 que garantiza igualdad de trato entre salud mental y física. La recurrente argumentó que la negativa a adecuar el plan vulneraba sus derechos constitucionales a la igualdad, propiedad, vida e integridad física y psíquica. La Isapre alegó extemporaneidad y falta de un acto concreto, señalando que el recurso no era la vía para aplicar retroactivamente la ley. La Corte rechazó la extemporaneidad y acogió el recurso, ordenando equiparar la cobertura de salud mental a la de salud física. Se basó en la interpretación armónica de la Ley N° 21.331 y la Constitución, concluyendo que la omisión de la Isapre constituía una discriminación arbitraria. No se pronunció sobre reembolsos, remitiendo esa materia a la sede correspondiente.