Resumen del criterio jurisprudencial
Se parcialmente el amparo deducido en contra del Servicio Local de Educación Pública de Magallanes, ordenando la entrega de actas, currículum vitae y de los antecedentes académicos y de experiencia profesional del ganador de concurso y evaluaciones de conocimiento técnico que se indican. Lo anterior, por tratarse de información pública a la luz de los artículos 8° de la Constitución Política de la República y 5 y 10 de la Ley de Transparencia. Se rechaza el amparo en lo que se refiere a la divulgación del nombre o identidad de los postulantes no seleccionados en el certamen objeto del reclamo; currículum vitae y de los antecedentes académicos y de experiencia profesional del postulante no seleccionado informado en la dupla final; así como los registros de la evaluación psicolaboral aplicada al ganador y demás concursantes que no resultaron elegidos; por configurarse la hipótesis de reserva de afectación de los derechos de las personas del artículo 21 Nº2 de la Ley de Transparencia.