El 24 de agosto de 2018 la abogada M.C.P.G. presentó una reclamación en nombre de EUROP…
Sentencia · Tribunal Tributario y Aduanero · 2020
Resumen
El 24 de agosto de 2018 la abogada M.C.P.G. presentó una reclamación en nombre de EUROP SERVICIOS SpA contra la Liquidación N° 1712 emitida por la Dirección Regional Santiago Oriente del Servicio de Impuestos Internos. El 23 de abril de 2020 la misma abogada presentó desistimiento del reclamo, el cual fue notificado al Servicio de Impuestos Internos. El 24 de abril de 2020 el Servicio respondió aceptando el desistimiento. El tribunal, con fundamento en los artículos 2 y 148 del Código Tributario y los artículos 148 a 151 del Código de Procedimiento Civil, declaró aceptado el desistimiento y declaró desistida la parte reclamante. No se impusieron costas y se ordenó notificar a ambas partes y publicar la resolución en el sitio web del tribunal.
Normas citadas
Art. 2 Código Tributario
Art. 148 Código Tributario
Art. 148 Código de Procedimiento Civil
Art. 149 Código de Procedimiento Civil
Art. 150 Código de Procedimiento Civil
Art. 151 Código de Procedimiento Civil
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