Resumen del criterio jurisprudencial
CCAF. Afiliación Desafiliación de Pensionados. En la medida que una persona pierda jurídicamente la calidad de pensionado, y así lo comunique formalmente la entidad pagadora de la pensión, la persona afiliada pierde el requisito que la habilitó para poder afiliarse, por lo que el Directorio de la C.C.A.F. puede proceder a desafiliarla, debiendo comunicarlo formalmente a la interesada.