Resumen del criterio jurisprudencial
Hidroeléctrica Roblería SpA interpuso una reclamación judicial contra la Resolución Exenta N° 1.486 de 23 de noviembre de 2018, que rechazó el recurso de reposición contra la Resolución Exenta N° 1.369 de 29 de octubre de 2018, mediante la cual la Superintendencia del Medio Ambiente ordenó medidas provisionales preprocedimentales al proyecto hidroeléctrico Roblería. El proyecto había sido aprobado en 2010 mediante una Declaración de Impacto Ambiental. En 2015, la empresa consultó sobre la pertinencia de ingresar al SEIA para aumentar su capacidad, obteniendo una respuesta negativa. Posteriormente, la SMA ordenó medidas provisionales basándose en supuestos riesgos de deslizamientos y derrumbes. El tribunal ambiental acogió la reclamación, considerando que las medidas carecían de fundamentación suficiente, no existía peligro inminente ni urgencia al estar las obras paralizadas, y las obras requeridas eran desproporcionadas. Se dejaron sin efecto ambas resoluciones y se condenó en costas a la SMA. El ministro Felipe Sabando Del Castillo concurrió a la decisión con una prevención adicional.