Resumen del criterio jurisprudencial
La Décima Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago acogió el recurso de nulidad deducido contra la sentencia del Primer Juzgado de Letras del Trabajo que había rechazado la demanda de 5 asistentes de la educación de la Municipalidad de Independencia. La Corte estimó que el tribunal a quo cometió una infracción de ley al aplicar las disposiciones de la Ley N° 18.883 sobre término de relación por salud incompatible o irrecuperable a trabajadores regidos por el Código del Trabajo. Se determinó que dichas normas no resultan aplicables a los asistentes de la educación en materia de término de contrato. La sentencia fue invalidada y reemplazada por una nueva resolución que acoge la demanda.