Resumen del criterio jurisprudencial
Cosayach Nitratos S.A. solicitó el cambio de punto de captación de aguas subterráneas, de ejercicio permanente y continuo, por un caudal de 3,2 litros por segundo, desde dos pozos hacia un nuevo pozo denominado Pozo Mario 6, ubicado en el acuífero La Noria, comuna de Pozo Almonte. La solicitud fue rechazada por la Dirección General de Aguas (DGA) porque el nuevo punto se ubicaba en terrenos inscritos a mayor cabida a favor del Fisco, y la solicitante no acompañó la autorización del Ministerio de Bienes Nacionales, conforme al artículo 26 de la Resolución DGA N° 425. La actora reclamó ante la Corte de Apelaciones de Iquique, que rechazó el reclamo, y luego dedujo recursos de casación en la forma y en el fondo ante la Corte Suprema. La Corte Suprema rechazó ambos recursos, confirmando que la DGA actuó dentro de sus facultades al exigir la autorización del propietario del predio superficial, y que la cuestión de dominio no puede resolverse en esa sede.