Resumen del criterio jurisprudencial
El proyecto de ley, iniciado por el Senador Huenchumilla, modifica la Ley N° 20.584 para consagrar la manifestación anticipada de voluntad en tratamientos de salud (testamento vital). Permite que una persona, en estado terminal y con incapacidad de expresar su voluntad, pueda dejar por escrito sus instrucciones sobre procedimientos médicos, donación de órganos, designación de un apoderado y confidencialidad de antecedentes. La declaración debe hacerse ante un ministro de fe o de manera indubitada al ingresar a un establecimiento de salud. Se establecen condiciones: estado de salud terminal e incapacidad de manifestar voluntad, sin representante legal disponible. No pueden incluirse decisiones contrarias al ordenamiento jurídico ni al arte médico, y la declaración es esencialmente revocable. El proyecto se basa en el principio de autonomía del paciente y busca aliviar la carga de familiares y médicos. Incluye referencias al derecho comparado de países como España, Reino Unido, Alemania, Francia y Estados Unidos.