Resumen del criterio jurisprudencial
El Presidente de la República de Portugal solicitó al Tribunal Constitucional la fiscalización preventiva de constitucionalidad de varias normas del Decreto n.º 23/XV de la Asamblea de la República, que regula la muerte médicamente asistida no punible. El tribunal ya había declarado inconstitucional un decreto similar anterior (Acórdão ) por violación del principio de determinabilidad de la ley. El nuevo decreto pretendía subsanar las deficiencias señaladas, pero el Presidente considera que aún subsisten problemas de determinación y proporcionalidad. El núcleo de la controversia radica en la definición de "enfermedad grave e incurable" y en la eliminación de las referencias a que la enfermedad sea fatal y la muerte anticipada. El tribunal concluyó que estas modificaciones amplían excesivamente los supuestos de muerte asistida, vulnerando el principio de proporcionalidad y el derecho a la vida consagrado en la Constitución. Sin embargo, la cuestión de la relación entre suicidio asistido y eutanasia no fue incluida en el objeto del requerimiento presidencial y no pudo ser apreciada. En consecuencia, el tribunal declaró la inconstitucionalidad de las normas impugnadas.