Resumen del criterio jurisprudencial
La Corte Suprema, con fecha diez de septiembre de dos mil veintiséis, revocó la sentencia de la Corte de Apelaciones de Santiago que había rechazado el recurso de amparo interpuesto por Jazmín Baukiria Gómez Núñez contra el Servicio Nacional de Migraciones. La acción de amparo se fundamentó en la Resolución Exenta que rechazó la solicitud de residencia definitiva del recurrente sin otorgarle un plazo razonable para subsanar las falencias señaladas. La Corte analizó los artículos 3 y 7 de la Ley N° 21.325, que garantizan a los extranjeros un procedimiento racional, justo y no discriminatorio, así como el artículo 21 de la Constitución. Se concluyó que la autoridad administrativa incurrió en arbitrariedad al no proporcionar un plazo razonable, vulnerando los principios de razonabilidad y proporcionalidad. En consecuencia, la acción de amparo fue acogida, quedando sin efecto el acto administrativo impugnado y ordenándose a la autoridad otorgar un nuevo plazo de 60 días para completar la documentación.