H.M.S.S.S.H. Peña interpusieron recurso de protección en contra del Colegio Antil Mawid…
Sentencia · Corte Suprema · 2023
Resumen
H.M.S.S.S.H. Peña interpusieron recurso de protección en contra del Colegio Antil Mawida y su Fundación Educacional por la decisión de caducar su calidad de apoderados de sus hijas y prohibirles entrada al establecimiento. Los demandantes alegaron que fueron sancionados por el Comité de Sana Convivencia sin contar con un Reglamento Interno que garantizara un justo procedimiento, vulnerando derechos constitucionales. La Corte de Apelaciones acogió el recurso, dejando sin efecto la decisión de caducar la calidad de apoderados y las medidas consecuenciales, por considerar que el establecimiento actuó sin los resguardos procedimentales necesarios. La sentencia se pronunció sin perjuicio de lo que se resuelva en el procedimiento ante la Superintendencia de Educación.
Normas citadas
Artículo 19 N° 2 de la Constitución Política de la República
Artículo 19 N° 3 de la Constitución Política de la República
Artículo 19 N° 10 de la Constitución Política de la República
Artículo 19 N° 11 de la Constitución Política de la República
Artículo 19 N° 24 de la Constitución Política de la República
Artículo 20 de la Constitución Política de la República
recurso de protecciónderechos constitucionalesdebido procesoderecho a la participaciónderecho de asociaciónsana convivencia escolarapoderadosestablecimientos educacionales
Lee el documento completo
Con tu cuenta ves el rol de la causa, la fecha, las partes y el texto íntegro, y puedes analizarlo con inteligencia artificial. Crear la cuenta es gratis: 5 consultas y 5 créditos de regalo, sin tarjeta de crédito.
Constitucional AI es inteligencia artificial legal para abogados en Chile: busca en sentencias, dictámenes y oficios y responde citando sus fuentes. Conoce cómo funciona
Resumen referencial elaborado a partir de documentos públicos chilenos. Los nombres de las personas se reducen a iniciales. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.