Resumen del criterio jurisprudencial
Se acoge parcialmente el amparo interpuesto en contra de la Subsecretaría de Agricultura, teniéndose por entregada extemporáneamente la información correspondiente a la iniciación y estado de tramitación del procedimiento disciplinario consultado. Lo anterior, por estimarse que la respuesta otorgada por el organismo permite satisfacer la solicitud de acceso en este punto. Se rechaza el presente amparo en lo que concierne a la entrega de antecedentes “sobre la emisión de denuncia, el envío de antecedentes por parte otros organismos y el desarrollo del proceso”. Lo anterior, atendido que el sumario consultado no se encuentra afinado, resulta plenamente aplicable en la especie el criterio establecido por este Consejo en relación con el secreto de los sumarios administrativos. En tal sentido, debe tenerse presente lo razonado en los Amparos Roles A47-09, A95-09, A159-09, C7-10, C561-11, C1314-14, C969-15, C6376- 18 y C837-19, entre otras. Finalmente, considerando la naturaleza del proceso consultado, y la calidad que detenta la parte recurrente en aquél, se dispuso la reserva de su identidad, tanto en la presente decisión como en los registros de este Consejo.