Resumen del criterio jurisprudencial
El Ministerio Público acusó al imputado como autor del cuasidelito de homicidio por el ataque que sufrió la víctima por parte de sus perros. La Defensa solicitó la absolución señalando que su representado se preocupó del debido cuidado de sus mascotas, las cuales no habían manifestado previamente ser bravas o agresivas, además de estimar necesario considerar que el deceso de la víctima se debió a su particular y frágil estado de salud. El Tribunal estimó que el acusado era responsable del ataque canino, por cuanto no obstante saber que se trataba de una raza altamente peligrosa y agresiva, no contaba con los resguardos necesarios para evitar que los perros salieran de su propiedad. Que no exista una reglamentación específica que regule el lugar de tenencia de éstos, no lo exime de su deber de cuidado necesario para evitar que un animal conocidamente peligroso pueda dañar a terceros. En cuanto a las circunstancias modificatorias de responsabilidad penal, acogió la del artículo 11 Nº 7 del Código Penal, porque se acreditó que el acusado, dentro de sus posibilidades económicas y procesales, intentó ayudar a la familia de la víctima paliando el daño sufrido.