Resumen
El tribunal tributario y aduanero de valparaíso, en procedimiento especial de aplicación de ciertas multas, resolvió no ha lugar al reclamo interpuesto en contra de la denuncia formulada por el servicio de impuestos internos, a través de la cual se imputaba al contribuyente fiscalizado la infracción del artículo 97, n° 16, del código tributario, por pérdida o inutilización de libro de contabilidad y documentos, la cual se verifica toda vez que siendo el incendio de autos una circunstancia imprevisible, conforme los hechos establecidos precedentemente, ello no justifica la negligencia incurrida en el deber de cuidado y cumplimiento de la obligación de mantener los libros y documentación en el domicilio de la reclamante y no en aquel en que aconteció el siniestro de autos, al que injustificadamente se desplazaron fuera de la esfera del debido resguardo de la contribuyente, por lo que no acreditando la reclamante los elementos necesarios para justificar la falta a su deber de cuidado, a efectos de calificar la imputada pérdida de fortuita, concurren en la especie los elementos del tipo infraccional descrito y sancionado en el artículo 97, numeral 16, inciso primero, del código tributario, rechazándose el reclamo de autos y aplicándose multa impuesta.