Resumen del criterio jurisprudencial
Frank Alberto Medina Ortega interpuso un recurso de protección contra el Servicio Nacional de Migraciones y la Subsecretaría del Interior por la omisión ilegal y arbitraria en el pronunciamiento sobre su solicitud de nacionalización. Los recurridos informaron que la solicitud se encontraba en tramitación. El tribunal consideró que la Subsecretaría del Interior ejerce una facultad exclusiva y discrecional del Presidente de la República, por lo que rechazó el recurso en su contra. Sin embargo, estimó que el Servicio Nacional de Migraciones infringió los principios de celeridad y conclusivo de la Ley N°19.880 y la garantía de igualdad del artículo 19 N°2 de la Constitución, al dilatar excesivamente el trámite. En consecuencia, acogió el recurso contra el Servicio Nacional de Migraciones y ordenó que en un plazo de sesenta días concluya la tramitación y remita los antecedentes al Subsecretario del Interior. La decisión se adoptó sin costas.