Inmobiliaria Oriente Limitada, representada por J.I.A.S., interpuso reclamo contra la l…
Sentencia · Tribunal Tributario y Aduanero · 2024
Resumen
Inmobiliaria Oriente Limitada, representada por J.I.A.S., interpuso reclamo contra la liquidación N°172 emitida el 22 de agosto de 2019 por la Dirección Regional Metropolitana Santiago Poniente del Servicio de Impuestos Internos. La liquidación establecía un impuesto de Primera Categoría de $36.390.343, derivado de la inclusión indebida de un crédito por contribuciones de bienes raíces. La parte recurrente alegó que la liquidación era errónea y planteó una excepción de prescripción, sustentando que el plazo de tres años había vencido. El tribunal analizó los artículos 200 y 201 del Código Tributario, concluyendo que el plazo de prescripción había expirado el 30 de abril de 2016 y que no se aplicaban las excepciones de seis años. En consecuencia, se confirmó la liquidación y se rechazó el reclamo. No se dictó condena en costas y se ordenó notificar la resolución al reclamante.
Normas citadas
Art. 124 Código Tributario
Art. 200 Código Tributario
Art. 201 Código Tributario
prescripciónliquidación tributariaCódigo TributarioImpuesto de Primera CategoríareclamaciónTribunal TributarioDerecho tributario
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