Laboral

Cuando se termina un contrato por obra o faena el trabajador puede optar por diferir el…

Resumen del criterio jurisprudencial

Cuando se termina un contrato por obra o faena el trabajador puede optar por diferir el pago del feriado proporcional a condición de que haya durado menos de un año y luego continúe inmediatamente prestando servicios al mismo empleador en virtud de un nuevo contrato por obra o faena, siempre cuando la duración de todos los contratos no sumen más de un año. Para ello se debe dejar constancia expresa en el finiquito y el empleador deberá pagar en el último finiquito el total de los feriados adeudados.

Feriado / VacacionesProporcional

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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.